Visa de Transeúnte Familiar Venezolano (TR-FV) - Consulado de cucuta

Consulado de Venezuela en Cúcuta

Visa de Transeúnte Familiar Venezolano (TR-FV)

Se otorgará al cónyuge del venezolano(a), cuando el matrimonio se hubiere celebrado en territorio nacional o en el extranjero e inscrito ante la Oficina Consular venezolana, a los hijos menores de 18 años de edad no emancipados, a los progenitores y padres políticos, previa comprobación fehaciente del vínculo familiar.

Requisitos:

  • Original y copia del pasaporte con una vigencia mínima de seis (6) meses
  • Una (1) foto reciente (de frente, a color, fondo blanco y tamaño carnet).
  • Original y copia de la cédula de ciudadanía.
  • Impresión de antecedentes judiciales.
  • Constancia de residencia.
  • Carta laboral con una vigencia no máxima de treinta (30) días.
  • Constancia de examen médico físico general.
  • Prueba de serología (VDRL).
  • Original y copia de carnet de vacunación de fiebre amarilla.
  • Traer el dinero en pesos correspondiente al costo en dólares de la visa a la TRM del día.

En caso de cónyuge debe adicionar:

  • Partida de matrimonio certificada.
  • Original y copia de la cédula de identidad del cónyuge Venezolano. En caso de que éste haya sido naturalizado, presentar original y copia de la Gaceta Oficial.
  • Constancia de residencia del cónyuge.
  • Constancia laboral no mayor a treinta (30) días especificando cargo, sueldo, y fecha de ingreso.

En caso de hijos menores de dieciocho (18) años de edad no emancipados, debe adicionar:

  • Certificado de nacimiento autenticado. Si es mayor de nueve (9) años, debe presentar original y copia del documento de identidad.
  • Original y fotocopia de las cédulas de los padres. En caso de que el padre o madre Venezolano haya sido naturalizado, presentar original y copia de la Gaceta Oficial.
  • Constancia de estudios con una vigencia máxima de treinta (30) días.

 

Nota: El costo del arancel consular debe ser consultado en la Representación Diplomática o Consular.

El visado de transeúnte familiar venezolano se otorgará con una vigencia de un (1) año, múltiples entradas, sin límite de permanencia en el país. La prórroga deberá ser solicitada al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz con al menos dos (2) meses de antelación.