Visa de Transeúnte Laboral (TR-L) - Consulado de cucuta

Consulado de Venezuela en Cúcuta

Visa de Transeúnte Laboral (TR-L)

Será competencia del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, previa conformidad del Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo, la autorización del visado de Transeúnte Laboral. El contratante o trabajador deberá realizar la solicitud ante el referido Ministerio del Trabajo.

Requisitos:

  • Original y copia del pasaporte con una vigencia mínima de seis (6) meses
  • Una (1) foto reciente (de frente, a color, fondo blanco y tamaño carnet)
  • Original y fotocopia de la cédula de ciudadanía o extranjera.
  • Impresión de antecedentes judiciales vigentes.
  • Original y copia de carnet de vacuna de fiebre amarilla.
  • Certificado médico físico general.
  • Prueba de serología (VDRL).
  • Fotocopia del contrato laboral indicando la fecha de vencimiento.
  • Autorización de visado original vigente y fotocopia.
  • Permiso laboral emitido por el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
  • Registro Mercantil de la empresa con sus respectivas solvencias.
  • Documento de compromiso de la empresa contratante de retornar nuevamente a su país de origen al ciudadano una vez finalizado el contrato.
  • Traer en pesos el valor correspondiente al costo en dólares de la visa a la TRM del día.

Nota: El costo del arancel consular debe ser consultado en la Representación Diplomática o Consular.

El visado de transeúnte laboral se otorgará con una vigencia de un (1) año, múltiples entradas, y permitirá una permanencia por igual período.